IMPUESTO
IBI
Bonificación del 50% de la cuota íntegra del IBI durante tres años para instalaciones que cumplan los requisitos municipales.
Duración máxima: 3 años
Plazo: Antes del 1 de enero del ejercicio en el que deba surtir efecto.
Referencia: Artículo 11.3
Condiciones principales
- Ser sujeto pasivo del IBI
- Acreditar la instalación
- El sistema debe aportar al menos el 30% del consumo energético del inmueble
Documentación orientativa
- Referencia catastral
- Proyecto o memoria técnica
- Factura detallada
- Informe técnico de uso, funcionamiento y rendimiento
